Jueves, 23 de noviembre de 2017

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Pliego de bases y condiciones para el sorteo de dos Automóviles “0” km a llevarse a cabo en la cena de gala de la asociación de Magistrados Judiciales del Paraguay

Auto sorteo

1. ORGANIZADOR: La ASOCIACIÓN DE MAGISTRADOS JUDICIALES DEL PARAGUAY, en adelante denominado el organizador.

2. PARTICIPANTES: Participarán del sorteo todos los socios activos, incluidos los socios adherentes, que estén al día con todas sus obligaciones económicas con el organizador al viernes, 03 de noviembre del dos mil diecisiete, hasta las 12:00 horas.

3. EXCLUSIÓN DE PARTICIPANTES: No podrán participar en el sorteo, los socios que hayan resultado ganadores en los sorteos de años anteriores. Tampoco podrán participar, los trabajadores dependientes e independientes que cumplen funciones para la asociación. (RES. C.E. Nro. 35 de fecha 21/11/2017).

4. PREMIO A SER SORTEADO: Dos automóviles 0 Km de la marca Hyundai, modelo Accent 2017.

5. FECHA DEL SORTEO: El sorteo será realizadoel día sábado 25 de noviembre del 2017 a las 23:30 horas aproximadamente, en la cena realizada en conmemoración al día del magistrado, local Talleyrand Costanera ubicado en el Complejo Barrail, Av. Gral. Máximo Santos, Asunción, Paraguay, el mismo será realizado bajo la fiscalización de un Escribano Públicoconvocado para el efecto.-

6. METODOLOGÍA Y MECÁNICA DEL SORTEO: El sorteo se llevará a cabo por sistema de bolillero, ante un Escribano Público. De los dos vehículos a ser sorteados uno será destinado para las socias y otro para los socios. Para el sorteo del premio se habilitará tres bolilleros del cual se extraerán una bolilla de cada uno, formándose un número entero final de tres (3) cifras que corresponderá a un (1) número asignado a cada asociado. Dicho número será establecido en base al orden alfabético (A-Z), correspondiente al apellido de cada socio/a. La mecánica será la siguiente: se extraerá la primera bolilla correspondiente a la centena; seguidamente se extraerá la segunda bolilla, que corresponderá a la decena, y por último se extraerá la tercera bolilla correspondiente a la unidad. En el caso de que una de las bolillas extraídas conforme un número mayor a la cantidad de participantes, la misma no será tomada como válida y se seguirán extrayendo bolillas correspondientes al mismo orden hasta que el número final conformado esté dentro de dicha cantidad.

7. NOTIFICACIÓN Y ENTREGA DEL PREMIO: La asociación notificará el resultado del sorteo al ganador y realizará la entrega de los premios en la Sede Central de la AMJP, sito en las calles de la Conquista Nº 1.415 entre Capitán Gwynn y Avenida Carlos Antonio López dentro de los cinco (5) días hábiles posteriores al sorteo, previa corroboración de los datos.

8. PUBLICIDAD: El socio que resulte ganador, otorga su pleno consentimiento, para difundir su nombre y apellido, datos personales e imágenes por los medios que la asociación en su calidad de organizador considere apropiado, con fines promocionales sin derecho a compensación económica alguna.

9. GASTOS EXCLUIDOS. El premio no incluye gastos de transferencia del vehículo, gestoría, ni ningún otro bien o servicio, y no podrá exigirse el canje del premio por dinero en efectivo, ni por ninguna prestación, ni aun cuando el ganador no pudiera gozar del premio total o parcialmente por cualquier causa.

10.El Organizador no otorga garantía de calidad, evicción, vicios ocultos, funcionamiento, ni ninguna otra con relación al automóvil, debiendo dirigirse cualquier reclamo a sus vendedores, fabricantes o importadores, ni será responsable de daños o perjuicios que sufrieren los ganadores o terceros, en sus personas o bienes, debido a/o en ocasión de la utilización del premio.

11. Modificación de las bases y condiciones. Las presentes bases y condiciones podrán ser modificadas en cualquier momento por el organizador, previa notificación a los socios y difusión a través de los mismos medios en que se difunde la promoción.

12. La participación en el sorteo implica el conocimiento y la aceptación de estas bases, así como de las decisiones que adopte el organizador, conforme a derecho, sobre cualquier cuestión vinculada con ellas.

13. Dicho reglamento fue aprobado por los miembros del Comité Ejecutivo en fecha uno de noviembre del dos mil diecisi