Miércoles, 09 de septiembre de 2015

(desde www.abc.com.py)

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La Contraloría ya no podrá abrir las cajas de seguridad de funcionarios

Gladys bareiro de modica 416 573 1277668
La Corte hizo lugar a una inconstitucionalidad promovida por 18 funcionarios judiciales contra la Ley Nº 5033/13 y contra resoluciones de la Contraloría, que obligan a los trabajadores del Estado a proveer los datos personales de parientes, informar sobre sus activos y pasivos y autorizar la apertura y verificación de sus cajas de seguridad.

A la opinión de la ministra Gladys Bareiro de Módica se adhirió el ministro Luis Benítez Riera y, de esa forma, se declaró la inaplicabilidad con relación a los accionantes lo dispuesto en los incisos 1 y 2 del Art. 3, el segundo párrafo del Art. 2 y el Art. 25 de la “Ley Nº 5033/13”, que reglamenta el Art. 104 de la Constitución, referida a la declaración jurada de bienes y rentas, activos y pasivos de funcionarios públicos.

Bareiro de Módica y Benítez Riera sostienen que el Art. 3, inc. 1, transgrede la norma constitucional porque esta solo obliga a presentar la declaración jurada de bienes y rentas, no así los activos y pasivos como dispone la norma atacada de ilegal.

El inciso 2 del artículo 3 de la ley atacada obliga a declarar a los funcionarios públicos los datos personales de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad y afinidad. La misma también fue declarada inaplicable porque solamente el Ministerio Público –no así la Contraloría– es el órgano que puede requerir dichos informes.

El Art. 11 fue, asimismo, declarado inconstitucional porque autoriza a la Contraloría a realizar la apertura de cajas de seguridad de entidades bancarias que se encuentren a nombre del trabajador del Estado. La Corte sostiene que solamente por orden judicial emanada de autoridad jurisdiccional competente se puede llevar a cabo este acto.

El Art. 25 de la Ley 5033, igualmente, fue declarado inconstitucional porque la Carta Magna concede al funcionario 15 días para presentar su declaración jurada de bienes, y no 10 días como emplaza la normativa.

El ministro Antonio Fretes no estuvo de acuerdo en algunos puntos.

La acción favorece a los funcionarios Porfiria Ocholasky, Juan Bernabé, Juan Quevedo, Óscar Argüello, Estela Pereira, Nadia Araújo, Elena Araújo, César Gómez, Dionicio Araújo, Mirta Ramírez, Patricia Delvalle, Herminio Arias, Heber Rojas, Gustavo Farías, Liz Ríos, Pedro Díaz, Raúl Ibarra y Antonio Orzuza.