Miércoles, 13 de diciembre de 2017

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AMJP recuerda a sus asociados el cumplimiento del reglamento para uso de la sede social de Luque

Pileta amjp
Con el objetivo de regular el uso y disfrute de las instalaciones deportivas y sociales de la Asociación de Magistrados Judiciales del Paraguay (AMJP) y cuyo propósito principal es el de ofrecer a sus usufructuarios, facilidades sociales, deportivas, culturales y de sano entretenimiento, la entidad recuerda a sus asociados cumplir con el reglamento interno para evitar cualquier tipo contratiempos que puedan surgir a la hora de visitar la quinta ubicada en la ciudad de Luque.
  • El asociado deberá acudir acompañado de sus familiares. No se permitirá el ingreso de personas solo con nombrar al consocio o consocia, pues el mismo debe estar presente para el ingreso a la sede.
  • Socio. El titular del derecho al usufructo de la sede social de la AMJP, y a través de este, su familia e invitados. La calidad de socio será acreditada con la cédula de identidad o carnet de Magistrados, Fiscal, Defensores y/o Síndico respectivamente.
  • Grupo familiar. El socio titular, su cónyuge e hijos.
  • Todos los socios e invitados estarán sujetos a los horarios y las reglamentaciones establecidas por el Comité Ejecutivo.
  • La AMJP no se hace responsable de la pérdida o extravío de los artículos personales de los socios, así como de los accidentes sufridos por el usufructo dentro de las instalaciones.
  • Las reservas deberán hacerse a través de la firma de solicitud de uso de las instalaciones de la sede social, habilitada para el efecto debidamente llenada por el socio interesado.
  • La sola presentación de la solicitud no implica la aceptación o confirmación de uso hasta ser aprobada o confirmada por la secretaría administrativa.
  • El acceso del socio y hasta siete integrantes de su núcleo familiar y/o invitados a las instalaciones es libre y gratuito. A partir del octavo invitado, el socio deberá abonar un canon especial establecido para el efecto.
  • El socio o sus invitados que ocasionarán algún daño en la sede social, de cualquiera de sus áreas, estará obligado a correr con los gastos de reparación.