JEM recuerda que tiene facultades disciplinarias durante tramitación de enjuiciamiento
Un comunicado del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), recuerda que tiene facultades disciplinarias durante la tramitación del Enjuiciamiento de Magistrados, Fiscales, Defensores y Agentes Síndicos, de conformidad con el Art. 28 de la Ley Nro. 3759/09.
“Por tanto podrá CALIFICAR la conducta de los denunciantes, acusadores o sus abogados patrocinantes, como litigantes de mala fe o de ejercicio abusivo del derecho imponiendo las sanciones previstas en el Código Procesal Civil y Código de organización judicial, y comunicando a la Corte Suprema de Justicia para la toma de razón respectiva”, subraya el documento.
Menciona finalmente que el JEM ha calificado la conducta de denunciantes y sus abogados patrocinantes en seis causas, que involucran a seis abogados, habiendo sido denunciados 19 jueces y fiscales.
Por otro lado, tras la sesión del pleno del Jurado, se rechazaron y archivaron 29 denuncias o investigaciones preliminares en contra de jueces y fiscales de diferentes puntos del país.